Son muchos los casos que nos llegan al despacho de familiares o amigos de ciudadanos extranjeros que están dentro de la prisión, cumpliendo condena o en provisional a la espera de que se celebre un juicio.
Estas personas de origen inmigrante pueden estar en dos situaciones. Una de ellas, estar irregulares, es decir no tener residencia, o pueden tener residencia legal en España, es decir están regulares.
Una persona que se encuentre en prisión cumpliendo condena, pero que tenga arreglada su situación documental, que tenga residencia en vigor, puede estar tranquilo en cuanto a una posible expulsión por estancia irregular, ya que su estancia en España es regular al tener “papeles” y por tanto no podría ser expulsado por ese motivo.
Algo diferente es que corra riesgo de ser expulsado como una medida de seguridad. La expulsión como medida de seguridad, fundamentada en el art. 57.2 de la Ley de Extranjería, permite al Gobierno expulsar a una persona, que aún teniendo residencia legal, haya sido condenado a una pena privativa de libertad superior al año. En este caso el Gobierno puede iniciar el procedimiento, llegando incluso a extinguir la residencia y declarar la expulsión. Esta no es una sanción administrativa como la expulsión por estancia irregular, es una medida de seguridad contra la delincuencia y los delincuentes.
Renovación
Un problema muy habitual estando dentro de la prisión es el de los ciudadanos extranjeros con residencia legal a punto de caducar.
En estos casos es muy importante saber que la renovación de una autorización de residencia no es un trámite personal, y por ende se puede hacer a través de cualquier registro de la Administración, siempre y cuando la solicitud esté firmada por el solicitante. Por tanto, si un amigo o un familiar, visita en la prisión al reo, y le hace firmar la solicitud, podrá presentar la renovación ante cualquier registro.
Los problemas que surgen a la hora de presentar una renovación en estas condiciones de internamiento pueden ser varios, una vez salvado el obstáculo de la presentación personal de la solicitud. En especial nos encontramos en estos casos con que no podemos disponer del Pasaporte original del solicitante, que es uno de los requisitos para presentar, en este caso lo que habría que hacer es contactar con Régimen Interno de la Prisión y solicitar una copia cotejada de todo el pasaporte.
Otro problema que es frecuente que surja es el hecho de que para renovar una autorización de residencia, salvo para la autorización de larga duración, es preciso demostrar que el solicitante ha trabajado durante el periodo de la residencia que va a caducar, y estando en prisión es probable que el interesado no llegue a cumplir con la cotización necesaria, salvo que esté trabajando dentro de la prisión y lo pueda demostrar. También en este sentido recordar que para renovar es preciso tener un contrato en vigor o una oferta laboral, lo cual también es bastante complicado de tener estando dentro de prisión.
Ya no solo debemos pensar en las complicaciones existentes en cuanto a los requisitos laborales, sino que tenemos el gran problema de la existencia de antecedentes penales, y lo que es peor a efectos de extranjería, que el solicitante está cumpliendo condena, lo cual implica un elevadísimo número de posibilidades, por no decir la seguridad, de que la renovación sea denegada.
En cuanto a los antecedentes penales debemos recordar que la oficina de extranjería, ante una solicitud de renovación en la que consten antecedentes penales, tiene la obligación de valorar la situación concreta del solicitante, siempre y cuando la pena haya sido cumplida o este suspendida, pero si se está cumpliendo condena no tiene porque valorar nada. Por este motivo, una persona que esté cumpliendo condena, lo tiene muy complicado para renovar la residencia salvo que existan unos elementos personales y humanos que hagan de su solicitud algo excepcional para serlo merecedor, y aun así seguramente lo tendrá que determinar un juez.
Para el trámite de renovación de una autorización de residencia estando dentro de prisión se debería contar con el apoyo y ayuda del departamento de servicios sociales que existe dentro de los centros penitenciarios, los trabajadores sociales.
Mayor problema tiene el que se encuentra en prisión y no tiene residencia, ya que éste se enfrenta a muchas situaciones de riesgo de expulsión, ya que por la mera estancia irregular se le puede iniciar un expediente sancionador en el que los antecedentes penales serán determinantes para que la administración decida la expulsión en lugar de la multa.
Mayor certeza existe de que el que se encuentra irregular y con antecedentes penales verá denegadas las solicitudes de residencia que realice una vez salga de prisión, ya que las solicitudes iniciales sí que son presenciales ante la oficina de extranjería, y por tanto no podrá solicitarse residencia inicial desde la prisión. Además el hecho de tener antecedentes penales supone la denegación directa de cualquier solicitud de residencia en régimen general.
Conclusión
El hecho de estar en prisión, por tanto, implica una serie de dificultades a la hora de intentar mantener la regularidad a través de una renovación. Por supuesto también es un gran peligro porque, incluso estando regular, se puede llegar a decretar una expulsión y la extinción de la residencia como una medida de seguridad.
Fdo. Igor Valiente