Por primera vez desde 2013, la población española supera los 47 millones de habitantes, según los datos provisionales del Padrón publicados por el INE. Respecto al año anterior supone un crecimiento del 0,6%, el mayor aumento desde 2009.
Esta evolución se produce gracias al flujo migratorio. Por segundo año consecutivo la población nacional mengua mientras la extranjera crece en 290.573 personas, ello que supone un aumento del 6,1%, la mayor subida desde 2008.
Ya son dos años consecutivos de subida tras cinco años de caídas.
La inmigración es
clave en el «invierno demográfico
Con el inicio de un declive de la población y un envejecimiento imparable, la inmigración aparece como la clave para que el llamado invierno demográfico sea menos duro de lo previsto.
Hasta el punto que el total de habitantes a comienzo de 2019 ha superado las previsiones del propio INE, que no esperaba alcanzar la cifra de 47 millones de personas hasta 2020. El crecimiento del 0,6% respecto al año pasado, supera la tasa de crecimiento anual sobre el 0,45% previsto entre 2018 y 2021.
Crecimiento de la
población extranjera
La población extranjera crece por segundo año consecutivo, y el incremento experimentado durante 2018 (6,1%) es casi el doble que el registrado un año antes.
La cifra alcanza ya las 5.025.264 personas. El número de foráneos empadronados no se situaba por encima de cinco millones de personas desde 2014, alcanzando el 10,7% de la población total.
Uno de los grandes problemas: cada vez hay más ciudadanos en edad de jubilación. El temor a una caída de la población ha ganado protagonismo en los últimos años por el peligro que supone para la viabilidad del sistema de pensiones y del Estado de bienestar.
Uno de los grandes problemas que empieza a tener la economía española es cada vez hay más ciudadanos en edad de jubilarse y menos nacimientos.
Según los datos disponibles, la distribución por edades de la población española es la siguiente: el 15,7% de la población tiene menos de 16 años; el 36,3% entre 16 y 44 años; el 28,7% tiene entre 45 y 64 y el 19,3% 65 o más años
Por nacionalidad
Las diferencias más acusadas en el porcentaje de edad entre españoles y extranjeros se dan en el grupo de 16 a 44 años. Así, el 34,1% de los españoles se encuentra en este grupo, frente al 55,0% de los extranjeros.
El 78% de la población extranjera está en edad de trabajar frente al 62% de la población española. Dato particular: los ciudadanos venezolanos crecieron en el último año un 44% hasta los 137.589.
Ocupación e inmigración ilegal de trabajadores extranjeros
La Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado acaba de publicar el boletín jurisprudencial sobre inmigración ilegal y ocupación ilegal de trabajadores extranjeros.
El contenido se puede descargar en el siguiente enlace sobre la Ocupación e inmigración ilegal de trabajadores extranjeros. En este caso el boletín es relativo al segundo semestre de 2018.
Funciones de la Fiscalía de Extranjería
Entre otras funciones recordaremos que a la Fiscalía de Extranjería le corresponde la coordinación y supervisión de las Secciones de Extranjería de las Fiscalías Territoriales, al frente de cada una de las cuales existe un Fiscal Delegado.
La labor de coordinación se proyecta sobre las siguientes materias a que se refiere la Instrucción 5/07 de la Fiscalía General del Estado. Ésta desarrolla y desglosa los criterios introducidos al respecto por la Circular 2/2006, de 27 de julio. Sobre diversos aspectos relativos al régimen de los extranjeros en España, la Sección de Extranjería:
Tienen encomendada los Fiscales de Extranjería el control de la aplicación del art 59 de la LE canalizando todos los escritos que a tales efectos se remitan por la Fiscalía a la autoridad gubernativa, actividad que se encuadra dentro de la obligada protección de las víctimas cuando estas son extranjeras.
En materia de Menores Extranjeros no Acompañados la intervención en los expedientes de determinación de edad y repatriación.
Esta labor exige una estrecha coordinación con los Fiscales de Menores una de cuyas funciones se proyecta sobre las actuaciones de protección de los mismos.
Internamiento Cautelar de Extranjeros
El despacho de los informes sobre internamiento cautelar de extranjeros encargándose de su control y seguimiento. También la visita periódica a los centros de internamiento de extranjeros de la respectiva provincia, a fin de velar por el respeto de los derechos de los internos, levantando la correspondiente acta y poniendo en conocimiento del Delegado o Subdelegado del Gobierno mediante oficio, a través del Fiscal Jefe, las eventuales disfunciones que puedan detectarse.
Corresponde al Fiscal de Extranjería además informar las autorizaciones de expulsión sustitutiva del proceso penal (art. 57-7 LE) así como las expulsiones sustitutivas de penas y medidas de seguridad (arts 89 y 108 CP)
El Fiscal de Extranjería actúa en coordinación con los Fiscales encargados del despacho de asuntos contencioso administrativos, Registro Civil y Vigilancia Penitenciaria a los efectos de mantener la unidad de criterio en las zonas de intersección de uno y otro ámbito funcional.
En concreto en los expedientes de Registro Civil existe una concreta intervención encaminada a impedir la celebración de matrimonios de conveniencia y la adquisición fraudulenta de la nacionalidad española.