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sábado, agosto 3, 2024
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    Presentación de nacionalidades: la vía telemática la más rápida y efectiva

    Desde el pasado 25 de abril de 2019 se suscribió la encomienda de gestión del Ministerio de Justicia al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la tramitación de expedientes de nacionalidad española tramitados por el antiguo procedimiento (presentados antes del 15 de octubre de 2015, que empezó a regir la nueva normativa de nacionalidad española), pero que han tenido entrada en el Ministerio de Justicia durante los años 2016 al 2019.

    Así mismo, el Ministerio de Justicia ha contratado cien funcionarios para llevar a cabo el plan intensivo de nacionalidad española.

    Dentro de este “plan choque” que se ha puesto en marcha para intentar poner fin al retraso de más de tres años en la resolución de solicitudes de nacionalidad que han sido presentadas de forma telemática, se han establecido dos planes intensivos:

    El primer plan intensivo está a cargo de 100 funcionarios del Ministerio de Justicia que se encargan de revisar los expedientes, verificar que toda la documentación esté correcta, solicitar los informes correspondientes (Policía Nacional, Registro Central de Penados y Rebeldes y el Centro Nacional de Inteligencia CNI y Secretaria de Inmigración y así comprobar que el solicitante no tiene antecedentes policiales o penales, en su caso.

    El segundo plan intensivo consiste en que 20 funcionarios de la Dirección General de los Registros y el Notariado (DGRN) trabajan haciendo horas extras desde sus casas, y que son los encargados de revisar el expediente, una vez recibidos los informes preceptivos y proponer la resolución.

    Gracias a la implantación de este “plan choque” vemos como en las últimas semanas se están resolviendo miles de solicitudes de nacionalidad española que han sido presentadas de forma telemática.

    Sin embargo, los expedientes de nacionalidad no se están resolviendo cronológicamente por orden de llegada y se está haciendo de forma aleatoria, toda vez que los profesionales vemos cómo nos están resolviendo solicitudes de nacionalidad presentadas tanto del 2016 como las de los años 2017 o 2018 y tengo conocimiento de que se han resuelto expedientes de nacionalidad del año 2019, presentadas hacen tan solo 4 meses.

    Lo cierto es que se nota mucha celeridad en la resolución de los expedientes que son presentados de forma telemática frente a los que son entregados en papel ante los Registros Públicos, toda vez que al presentarse de forma telemática, se incorpora la información personal del solicitante y se digitaliza toda su documentación, de manera que al imprimir el justificante de presentación electrónica se obtiene de inmediato el número de expediente, siendo un proceso más ágil y menos enredado para la Administración al recibir un expediente de forma electrónica; situación muy diferente ocurre cuando las solicitudes de nacionalidad son presentadas en papel ante las oficinas de Registro, ya que una vez recibida esta solicitud en el Ministerio de Justicia, un funcionario deberá “metadatar” la información del solicitante y digitalizar la documentación y pasado un año, e incluso, un año y medio el solicitante en el que desconoce su número de expediente con el añadido de no poder hacerle seguimiento en la página de “como va lo mío”.

    Es triste para todas aquellas personas que llevan esperando desde el año 2016 a que le sea resuelta su solicitud de nacionalidad española ver como solicitudes presentadas en el año 2019 ya están siendo resueltas, convirtiéndose esto en cuestión de suerte o en un juego al azar, cuando lo correcto es que se resuelvan de forma cronológica y conforme lo determina la normativa en el plazo de un año, a contar desde la presentación de la solicitud de nacionalidad española.

    Por consiguiente, la interposición del Recurso Contencioso Administrativo para las solicitudes de nacionalidad que han sido presentadas correctamente desde hace más de un año y que la Administración no ha resuelto, sigue siendo una opción muy eficaz para el solicitante, ya que las resoluciones de nacionalidad española emitidas a través del Recurso Contencioso Administrativo se producen en un período aproximado de 4 meses desde su interposición.

    Esperemos que este Plan Intensivo de Nacionalidad Española cumpla su objetivo y se resuelvan todos los expedientes de nacionalidad española que hay atrasados desde el año 2015, 2016, 2017 y 2018. Y que las nuevas solicitudes de nacionalidad española o recientemente presentadas se resuelvan dentro del plazo máximo legal establecido en la normativa (1 año).

    Por la letrada Beatriz Tobón Vallejo,
    Abogada Colegiada 6597
    Contacto: 628 47 89 14

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