Las competiciones autonómicas de deportes de equipo y contacto, a partir de la categoría infantil, podrán empezar desde el 1 de octubre, y el resto del deporte no federado y las categorías inferiores de infantil solo podrán practicar deporte sin contacto físico.
El BOIB publica mañana sábado la resolución que la conselleria de Salut ha firmado hoy fruto del consenso de las negociaciones con la conselleria de Afers Socials ib Esports y las federaciones deportivas de las Illes Balears y bajo los conocimientos de los consejos insulares.
La consellera de Afers Socials i Esports, Fina Santiago, ha explicado que todas las partes coincidían en el hecho de que no se podía paralizar más tiempo el deporte porque, entre otros aspectos positivos, está ligado claramente a la salud y la vida saludable.
En este caso, se ha decidido no permitir las competiciones a los menores de 12 años, en las categorías inferiores de infantil, para mantener una línea argumental con todas las decisiones del Govern. Santiago ha explicado que es ”la necesidad de mantener el máximo de coherencia entre la protección en las escuelas y el inicio de la práctica deportiva, también demandada por las federaciones y las familias”.
La consellera ha agradecido la predisposición de las federaciones deportivas para llegar a un acuerdo, asegura que se han mostrado absolutamente razonables y colaboradoras para poner en práctica todas las medidas dirigidas a que nuestros niños, jóvenes y adultos puedan competir con la máxima seguridad.
De hecho, las federaciones propusieron, como especifica la resolución firmada por Salut, que cada club tenga un responsable COVID con el objetivo de hacer cumplir las medidas de seguridad y salud durante las competiciones deportivas por parte de los participantes y del público.
Después de cada prueba deportiva se adjuntará al acta un listado de los cumplimientos de las medidas establecidas firmado por el árbitro y los responsables COVID de cada club participante.
Entrenamientos
En las categorías que pueden empezar la competición, a partir de infantil, también se permite iniciar los entrenamientos con contacto físico desde la publicación de esta resolución. En este caso, se especifica que ”se tienen que desarrollar en grupos estables de entrenamiento y sin cambios en su composición con un máximo de 30 deportistas en los deportes de campo, de 20 deportistas en los deportes de pista y de 10 deportistas en los deportes de contacto”.
Para poder iniciar la competición las federaciones deportivas de deportes de equipo y de contacto tienen que cumplir los siguientes requisitos:
– Tienen que remitir a la Conselleria de Afers Socials i Esports, para su aprobación, un protocolo de actuación vinculante por todas las entidades participantes en las competiciones, donde se establezcan las medidas específicas de protección de la salud de todas las personas implicadas, y que tendrán que estar de acuerdo con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias
– Deben tener una declaración responsable de los participantes en las competiciones deportivas de acuerdo con las indicaciones realizadas por la Conselleria de Afers Socials i Esports
– Tienen que desarrollar el calendario deportivo con unas condiciones flexibles y con alternativas de cambio de fechas de los partidos o de las pruebas deportivas. También se tendrán que establecer medidas para distanciar temporalmente el contacto físico entre equipos o deportistas diferentes segundos las indicaciones realizadas por la Conselleria de Afers Socials i Esports
Deportistas residentes en zonas restringidas
La resolución también especifica que los deportistas federados se pueden desplazar para asistir a las sesiones de entrenamientos y a los partidos de las competiciones deportivas, aunque residan en una zona con medidas de restricción de la movilidad, excepto que estén sometidos a medidas individuales de cuarentena o aislamiento, o excepto que tengan fiebre, malestar o cualquier otro síntoma compatible con la COVID 19.
Público
Respecto a los aforos en las gradas de las competiciones deportivas hay una novedad en cuanto a las instalaciones cubiertas. Quedan así:
– Instalaciones deportivas de hasta 1200 personas de aforo: 50% del aforo hasta un máximo de 300 personas
– Instalaciones entre 1201 y 4000 personas de aforo: máximo el 25%
– Instalaciones entre 4001 y 5000 personas de aforo: máximo el 20%
Las instalaciones deportivas descubiertas quedan como hasta ahora: 75% del aforo hasta un máximo de 1.000 personas.