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jueves, octubre 3, 2024
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    Preguntas más frecuentes: ¿Necesito una PCR para entrar en España?

    ¿Qué documentación tengo que llevar para entrar en España? ¿Qué control me harán al llegar? ¿Tengo que hacerme una PCR para entrar en España? Estas son algunas de las preguntas más comunes.

    Como bien sabéis los mecanismos de vigilancia y control de llegada de viajeros se han ido modificando según la situación epimediológica tanto en España como en el resto de países. Debido a que estamos inmersos en la segunda ola del Covid-19 se hace necesario que se implementen otro tipo de controles adicionales a los existentes a día de hoy.

    Por todo ello, este 11 de enero se ha publicado en el BOE una Resolución de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada en España.

    En dicha resolución se establece que además de los controles sanitarios establecidos hoy por hoy, como el control de temperatura así como la necesidad de cumplimentar un formulario en línea, se deba aportar una Prueba PCR negativa, realizada dentro de las 72 horas previas al viaje a España.

    Por tanto, a partir de ahora, todos los pasajeros que quieran venir a España por vía aérea o marítima deberán someterse al control sanitario antes de su llegada al país. Dichos controles deberá incluir la toma de temperatura, un control documental, un control visual sobre el estado del pasajero y una prueba PCR para entrar en España sin problemas.
    Solamente se hará este control a los pasajeros cuyo destino final sea España. Para todos aquellos pasajeros internacionales en tránsito en un puerto o aeropuerto español no será necesario realizar este control sanitario.


    ¿Qué control me harán al llegar a españa?



    Control de temperatura

    El primer control al que nos pueden someter es al del control de la temperatura. Este control se realizará de forma aleatoria y se establece como limite de detección una temperatura igual o superior a 37.5 ºC.

    Las compañías navieras, bajo la supervisión de Sanidad Exteriores, deberán tomar la temperatura a los pasajeros en viaje internacional antes de su llegada a puerto español.

    Control documental

    El segundo de los controles que se ha establecido para todas aquellas personas que lleguen a España es un control documental. Todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España deberán cumplimentar, antes de su salida, un formulario denominado «Formulario de Control Sanitario».

    ¿Dónde hago este Formulario de Control Sanitario?

    Este formulario lo puedes completar en línea en la web https://www.spth.gob.es/
    También se puede completar en la aplicación Spain Travel Halth-Sp TH.

    Prueba PCR

    Todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo, que pretenda entrar en España, deberá disponer de una Prueba Diagnóstica de

    Infección Activa (en adelante PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada a España.

    El documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos:

    -Nombre del viajero
    -Número de pasaporte o del documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario)
    -Fecha de realización de la prueba
    -Identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis
    -Técnica empleada
    -Resultado negativo de la prueba.

    ¿Y si no me hago la prueba PCR? ¿Qué pasa?

    En ese caso, si el viajero llega a España y no se ha sometido a la prueba PCR, deberán someterse a dicha prueba que establezcan los servicios de sanidad exterior.

    ¿Qué pasajeros deben hacerse la prueba pcr antes de viajar?

    Vigencia: Este listado entra en vigor a las 00 horas del día 11 de enero de 2021 y será válido hasta las 00 horas del 24 de enero de 2021
    Los viajeros que deben hacerse una prueba PCR para entrar en España son:

    Viajeros de la UE que necesitan realizar una pcr para venir a españa
    Países de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo
    Criterio de inclusión: zonas de riesgo de color rojo o gris, en base a los indicadores combinados según Recomendación del Consejo 2020/1475
    Alemania
    Austria
    Bélgica
    Bulgaria
    Chequia
    Chipre
    Croacia
    Dinamarca (excepto islas Feroe y Groenlandia)
    Eslovaquia
    Eslovenia
    Estonia
    Francia (excepto la región de Bretaña y las islas de Córcega, Guadalupe, Martinica y Reunión)
    Grecia (excepto las regiones de Attiki, Dytiki Ellada, Peloponnisos, Sterea Ellada, Voreio Aigao, Ionia Nisia, Ipeiros, Kriti y Notio Aigaio)
    Hungría
    Irlanda
    Italia
    Letonia
    Liechtenstein
    Lituania
    Luxemburgo
    Malta
    Noruega (excepto las regiones de Innlandet, Møre og Romsdal, Rogaland, Trøndelag, Troms og Finnmark, Vestfold og Telemark, Vestland, Agder y Nordland)
    Países Bajos
    Polonia
    Portugal (excepto las islas Azores)
    Rumanía
    Suecia


    Viajeros de terceros países que necesitan una pcr

    Criterio de inclusión: incidencia
    acumulada superior a 150 por 100.000 habitantes en 14 días. (Fuente ECDC)
    Albania
    Andorra
    Argentina
    Armenia
    Aruba
    Azerbaiyán
    Bahréin
    Belice
    Bermuda
    Bielorrusia
    Bosnia y Herzegovina
    Brasil
    Canadá
    Chile
    Colombia
    Costa Rica
    Curaçao
    Emiratos Árabes Unidos
    Estados Unidos de América
    Esuatini (Suazilandia)
    Federación Rusa
    Georgia
    Gibraltar (Reino Unido)
    Islas Falklan (Malvinas)
    Islas Turcos y Caicos
    Islas Vírgenes Americanas
    Israel
    Jersey (Reino Unido)
    Jordania
    Líbano
    Macedonia del norte
    Moldavia
    Mónaco
    Montenegro
    Namibia
    Palestina
    Panamá
    Paraguay
    Polinesia Francesa
    Puerto Rico
    Reino Unido
    San Marino
    San Martín (Países Bajos)
    Serbia
    Sudáfrica
    Suiza
    Túnez
    Turquía
    Ucrania
    Uruguay

    ¿Cuándo entran en vigor estos nuevos requisitos?

    Estos requisitos de entrada y de control sanitario entran en vigor desde el 11 de enero y su validez se extenderá hasta el 24 de enero 2021. Este listado se irá modificando hasta que el Gobierno declarará la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

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