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martes, noviembre 26, 2024
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    Las notarías podrán tramitar el expediente matrimonial a partir de este mes de mayo

    Por: Beatriz Tobón Vallejo
    Abogada Colegiada
    Nº 6597 ICAIB
    Contacto: 628 47 89 14

    Las parejas que contraigan matrimonio ante notario a partir de mayo de 2021 no tendrán que dirigirse al Registro civil para el trámite del expediente matrimonial ya que lo podrán gestionar los propios notarios.

    A partir de mayo las parejas que deseen contraer matrimonio, además de casarse ante notario, también podrán tramitar en las notarías su expediente matrimonial tal y como ha informado el Colegio Notarial de Madrid.

    La notaria Concepción Pilar Barrio ha indicado que es “una noticia largamente esperada” casi seis años después de que el matrimonio se pueda celebrar ante notario.

    Según expone, la finalidad del expediente es “comprobar que los contrayentes reúnen los requisitos de capacidad necesarios para contraer matrimonio, así como la inexistencia de impedimentos como parentesco, y en su caso la dispensa, o la inexistencia de otros obstáculos como el matrimonio simulado”.

    A su juicio, el hecho de que los notarios puedan tramitar también el expediente matrimonial supone un “reconocimiento de funciones de gran importancia porque trasciende de las relaciones de derecho privado y afecta a intereses de carácter general como el derecho a contraer matrimonio”.

    Así, ha precisado que, con este cambio, los contrayentes podrán elegir entre tramitar el expediente matrimonial ante el encargado del registro civil o notario. En tal caso, puntualiza que la tramitación se realizará “con la celeridad y garantías propias de la función notarial”.

    Debido al gran volumen de trabajo que tienen la mayoría de los Registros Civiles de España, es muy habitual encontrarnos con Registros Civiles que tardan varios meses en tramitar un expediente matrimonial.

    Iniciar el expediente matrimonial

    Debido a la crisis generada por la pandemia varios organismos de la Administración están colapsados, entre ellos los Registros Civiles que para la mayoría de las actuaciones se requiere de la comparecencia de los solicitantes y no es posible realizar los trámites de forma telemática. Y cada día se hace más difícil obtener una cita previa para los trámites ante el Registro Civil y en especial para iniciar el expediente matrimonial.

    De esta forma y existiendo a partir del próximo mes la posibilidad de iniciar el expediente matrimonial ante notario, aportar allí toda la documentación y casarse en tan solo dos semanas puede suponer un impulso para este tipo de expedientes.

    Documentación para el matrimonio ante el notario

    ¿Qué documentación se deberá aportar para casarse ante notario?

    –Documento de identidad de ambas partes
    –Certificado literal de nacimiento de cada uno de los miembros de la pareja.
    –Certificado de empadronamiento histórico
    –Testimonio judicial, el auto firme de aprobación del expediente matrimonial. A partir del 30 de abril de 2021, lo podrá tramitar directamente el notario.
    –Si alguno de los miembros de la pareja hubiera estado anteriormente casado será preceptivo el certificado literal de matrimonio en el que conste que está divorcio o su matrimonio ha sido declarado nulo o en su caso defunción en el caso de que el otro cónyuge hubiera fallecido. El certificado de divorcio en España no existe, tendrán que pedir el certificado de matrimonio con la nota marginal del divorcio, es decir en dicho certificado constará anotado el estado actualizado del matrimonio ya sea casados, separados, divorciados… etc.
    –A los contrayentes extranjeros se les exige la aportación de un certificado de soltería o capacidad matrimonial (el que expidan en cada país).
    –Si alguno de los contrayentes es ciudadano extranjero deberá aportar, además, el Certificado sobre la necesidad de publicación de edictos. Este documento debe gestionarse en el Consulado de su país en España.
    –Toda la documentación que se ha gestionado en el exterior debe venir correctamente apostillada o legalizada y en su caso, si es necesario, correctamente traducida a través de traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

    ¿Puede tramitarse el expediente matrimonial ante cualquier notario?

    A diferencia de lo que sucede en la actualidad si se quiere contraer matrimonio, se deberá acudir al Registro Civil que le corresponda por su domicilio, para iniciar el expediente matrimonial (una vez aprobado el expediente matrimonial, podrá elegir cualquier sitio de España para celebrar la boda) sin embargo, a partir de ahora, para tramitar el expediente matrimonial y casarse ante notario, lo podrá hacer con cualquiera de su elección o ante su notaría de confianza.

    Si desean contar con nuestros servicios profesionales, no duden en contactarnos.

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