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jueves, diciembre 26, 2024
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    Nuevas restricciones en Baleares debido a la situación epidemiológica

    La pauta de vacunación completa, el haber pasado la enfermedad o una prueba PCR serán requisito en actividades, culturales y deportivas, que reúnan a más de 1.000 personas en el interior o a 5.000 en los exteriores, al igual que para entrar en residencias de la tercera edad.

    El Consell de Govern de este lunes, 2 de agosto, ha aprobado una batería de nuevas de medidas para continuar con la estrategia de contención de la transmisión del SARS-CoV-2 en las Islas Baleares. El objetivo es llevar a cabo iniciativas dirigidas a evitar el aumento de casos en los ámbitos donde se producen de manera más acusada y a aquellos transitados por las personas más vulnerables.

    Según ha concluido el Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas en su último informe, las Illes Balears se encuentran ante una situación en la que, a pesar de que parece haberse estabilizado el fuerte crecimiento de la transmisión de la COVID-19, ésta se mantiene en niveles muy elevados. Además, se ha intensificado el efecto de contagio de esta dinámica, inicialmente centrada básicamente en población joven hacia otros grupos de edad más vulnerables, con la reaparición, además, de brotes en el ámbito de las residencias de gente mayor, y con proyección de que esta situación de incidencia elevada se pueda mantener durante las próximas semanas.

    El aumento de incidencia está relacionado con la relajación de las medidas de prevención, una mayor movilidad social y geográfica, y la explosión en las Islas Baleares de la variante Delta, más transmisible.

    Las medidas de distanciamiento social han demostrado repetidamente a lo largo de la pandemia su eficacia para limitar la transmisión del SARS-CoV-2. Entre las medidas que se han mostrado más eficientes se encuentran las limitaciones en las reuniones sociales y familiares y las restricciones de las actividades en horario nocturno.

    En este sentido, se considera necesario mantener la limitación de las reuniones sociales en horario nocturno entre personas no convivientes, dado el elevado riesgo de contagio que acompaña habitualmente estas actividades, y especialmente en un momento en el que la incidencia en población joven se encuentra en nivel máximos, como herramienta fundamental para evitar que el aumento de la incidencia pueda llegar a niveles que comprometan la asistencia sanitaria de la población.

    Por otro lado, también se considera necesario establecer medidas que permitan limitar la generación de brotes en los ámbitos de especial riesgo, bien sea por la vulnerabilidad de los implicados (como sería el caso de las residencias de gente mayor), o bien por la naturaleza de los acontecimientos, en casos en que se puedan generar situaciones de superdiseminación (como, por ejemplo, acontecimientos multitudinarios o escuelas de verano). Entre estas medidas se propone la utilización de sistemas que certifiquen que los participantes en estas actividades se encuentren o bien inmunizados ante la COVID-19 (por vacunación o infección previa) o bien que se han sometido a una PDIA con resultado negativo.

    Situación epidemiológica

    Según los datos proporcionados por el Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública, las Islas Baleares han sufrido un fuerte incremento en el número de casos durante el mes de julio de 2021.

    Globalmente, la comunidad autónoma presenta una incidencia acumulada a 14 días por 100.000 habitantes (IA14) en población general de más de 1.000 casos. A fecha de viernes, 30 de julio, en todas las islas, el nivel de riesgo en cuanto a la incidencia acumulada era muy elevado, superándose la IA14 de 800 en todas las islas, con una IA14 de 903,3 casos por 100.000 habitantes en Mallorca; 811,4 casos por 100.000 habitantes en Menorca; 1750,0 casos por 100.000 habitantes en Ibiza; y 873,7 casos por 100.000 habitantes en Formentera

    En el conjunto de las islas, el número reproductivo básico (que representa el número medio de contagiados que produce cada nuez contagiado) es de 0,93. En Mallorca, es de 0,92; en Menorca de 0,74; en Ibiza de 1,04; en Formentera es de 1,45. Este indicador, por lo tanto, parecería indicar una mayor estabilización, o incluso decrecimiento, en las tasas de contagios en Mallorca y Menorca, mientras que Ibiza estaría en una situación tendente al crecimiento y Formentera (donde la baja población lleva a una mayor volatilidad de los datos que hace que se tenga que interpretar este indicador con mayor precaución) estaría en una situación de fuerte crecimiento.

    La tasa de positividad es de 12,85%, casi triplicando el parámetro observado a finales del mes de junio (4,81% día 30 de junio), y mostrando todavía un crecimiento, más moderado, respeto el dato de 14 de julio (10,84%).

    Formentera

    Por este motivo, y después de la habitual reunión de la Mesa de Diálogo Social, se ha decidido que, atendida la situación acontecida a los últimos días, en Formentera se aplicarán las mismas restricciones que al resto de las Islas.

    Residencias

    En cuanto a las residencias, se restringen las visitas solo a personas completamente vacunadas, que demuestren haber pasado la enfermedad en los 6 meses anteriores o que presenten PDIA negativa (PCR 72h antes) o prueba de antígenos (48h antes). Se exime de este requisito a los menores de 12 años, pero se recomienda extremar las medidas de precaución, en particular el uso de mascarilla, distancia de seguridad y ventilación.

    Las salidas de residentes se permitirán con la firma previa de un consentimiento en el que se garantice que, durante el tiempo fuera de la residencia, los residentes solo se relacionarán con personas vacunadas o que cumplan los requisitos anteriores. Se exime de este requisito a los menores de 12 años, pero se recomienda extremar las medidas de precaución, en particular el uso de mascarilla, distancia de seguridad y ventilación.

    Los trabajadores no vacunados y que no puedan demostrar haberse recuperado de la enfermedad en los últimos 6 meses se tendrán que someter a 3 PDIAs semanales, de las cuales al menos dos tendrán que ser PCR.

    Estas medidas estarán en vigor desde que se publiquen en el BOIB hasta el 23 de agosto, coincidiendo con la revisión de la medida de limitación de la movilidad entre las 1h y las 6h.

    Campamentos

    Otra medida de las aprobadas hoy afecta a los campamentos de verano, puesto que los monitores que participen tendrán que someterse a test semanales antes del inicio de la actividad.

    Esta medida estarán en vigor desde que se publiquen en el BOIB hasta el 23 de agosto, coincidiendo con la revisión de la medida de limitación de la movilidad entre las 1h y las 6h.

    Grandes acontecimientos culturales y deportivos

    En relación a los grandes acontecimientos tanto culturales como deportivos, hasta día 14 de agosto se mantienen las medidas actuales.

    A partir de día 14 de agosto se permiten los acontecimientos deportivos y culturales con un aforo máximo del 50%, 1000 p (interior) y 5000 p (exterior). Todos los asistentes mayores de 12 años tendrán que aportar prueba de vacunación, recuperación de la enfermedad o PDIA realizada en las 48h previas al acontecimiento.

    Se podrá pedir autorización a las DG correspondientes para aumentar la capacidad máxima de determinados acontecimientos, que se podrá otorgar en función de una evaluación de riesgo de la actividad y de la situación epidemiológica.

    Medidas prorrogadas

    En cuanto a medidas concretas, más allá de las ya mencionadas, se hace necesario prorrogar las restricciones relativas a las reuniones, encuentros y otros, tanto familiares como sociales, en horario nocturno, recordando el riesgo que suponen las actividades sociales de carácter lúdico-festivo asociadas al consumo de alcohol, donde se ha demostrado una menor adopción de las medidas de prevención frente al contagio por COVID-19, como el mantenimiento de la distancia interpersonal o el uso de mascarilla.

    Por todo ello, continúan vigentes los parámetros siguientes:

    a) Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% en relación a camas de curas críticas por COVID-19 o del 2% en relación a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 02.00 y las 6.00, excepto que se trate de personas convivientes.

    b) Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% en relación a camas de curas críticas por COVID-19 o del 5% en relación a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 01.00 y las 6.00, excepto que se trate de personas convivientes.

    A los efectos del que se prevé en el apartado anterior, se consideran persones convivientes aquellas que ocupan una misma vivienda o alojamiento.

    Actualmente, dada su situación epidemiológica y sanitaria, todas las Islas, incluida Formentera, se ven afectadas por las restricciones contempladas en el punto b).

    Controles en los puertos y aeropuertos

    Así mismo, se considera necesario prorrogar las medidas que se contienen en el Acuerdo del Consell de Govern de 14 de junio de 2021 por el cual se establece la medida excepcional de control en la entrada de personas en las Islas Baleares, procedentes del resto de comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la COVID-19 durante parte del mes de junio y todo el mes de julio de 2021, para hacerlas efectivas hasta el día 15 de septiembre de este año.

    Uso de la mascarilla

    En cuanto al uso de la mascarilla – una de las herramientas más eficaces en la hora de evitar contagios – siempre que no se pueda garantizar una distancia social de un metro y medio y cuando se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas no convivientes, los mayores de seis años tienen que llevar mascarilla, tanto en la vía pública o en espacios al aire libre como también en espacios cerrados de uso público o en las zonas de atención al público de edificios, tanto de titularidad pública como privada, con las excepciones indicadas por la ley.

    Celebraciones y ceremonias

    La participación en ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones asimilables se puede llevar a cabo en espacios públicos y privados, tanto al aire libre como en espacios cerrados, siempre que no supere el número de 120 personas en exteriores y 50 en interiores, siempre que no se supere el 50% de cabida máxima. En todo caso, el acontecimiento tiene que concluir a las 01.00 horas como máximo.

    Parques y playas

    En las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza tendrán que estar cerrados al público entre las 22.00 y las 06.00 horas.

    Fiestas populares y ferias

    Se permite la realización de ferias y muestras, de acuerdo con la normativa COVID-19 específica para mercadillos. Las actividades tienen que ser preferentemente al aire libre. Las paradetes de comer tienen las mismas limitaciones que las terrazas de bares y restaurantes.

    Se permite la realización de actos culturales, deportivos e institucionales ligados a la celebración de fiestas populares, siempre que se sigan las medidas para la COVID-19 sectoriales correspondientes al tipo de actividad. En cualquier, caso se recomienda que la asistencia se organice por sistema de reserva previa. Los organizadores tienen que garantizar que no se generen riesgos de aglomeraciones ni se produzcan.

    Se permite la realización de bailes populares al aire libre. Los participantes tienen que llevar mascarilla incluso en el momento del baile.

    No se permite la realización de acontecimientos tipos cena al fresco, verbenas ni correfocs.

    El material promocional de las actividades (programas de fiestas, carteles, imágenes digitales…) tienen que especificar las medidas de prevención y de control que se aplican.

    Con el fin de evitar desplazamientos de un municipio a otro, no se pueden organizar actividades que los promuevan o que, por experiencia de años anteriores, se tenga conocimiento de estos desplazamientos y de la afluencia de personas.

    Las representaciones culturales tradicionales (cossiers, caballetes, etc.) se tienen que desarrollar en un entorno en que se pueda garantizar el control de acceso del público, la capacidad máxima del espacio y el mantenimiento de la distancia social.

    Establecimientos de restauración, ocio nocturno y locales de juegos y apuestas

    Se continúa permitiendo el servicio de restauración de bares, cafeterías y restaurantes en espacios interiores y en terrazas hasta la 01.00 h de cada día en todas y cada una de las Islas, salvo que las ordenanzas municipales establezcan una hora de cierre anterior.

    En cuanto a la capacidad máxima por mesa, será de 4 personas en interior y de 8 en exterior.

    Estas medidas que afectan a los sectores mencionados entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

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