La Agència Tributària de las Illes Balears (ATIB) dispone, por primera vez, de una aplicación para dispositivos móviles que permite hacer determinadas gestiones en relación a los tributos que gestiona la ATIB, consultar las deudas y poder realizar su pago. La nueva aplicación ATIB – Agencia Tributaria de las Illes Balears ya se puede descargar desde el viernes 1 de octubre en APP STORE y en Google Play en los dispositivos iOS y Android respectivamente. Su lanzamiento coincide con el inicio del periodo voluntario de pago de tributos locales de 46 ayuntamientos de Mallorca a partir de día 1 de octubre.
A través de la nueva aplicación, tal como ya se puede hacer en el Cartero virtual del portal www.atib.es, desde el móvil se puede solicitar cita previa en una oficina de la ATIB, hacer consultas o solicitar información sobre los procedimientos que tramita la ATIB, y, en el caso de disponer de un documento de ingreso generado por la ATIB, hacer el pago ya sea introduciendo las claves de referencia del documento o escaneando su código de barras. A estas opciones se puede acceder sin necesidad de identificación.
Por otro lado, previa identificación, el usuario puede consultar y pagar las deudas pendientes, consultar las deudas pagadas (con la posibilidad de obtener el justificante de pago), así como domiciliar los tributos de cobro periódico por recibo, la recaudación de las cuales corresponda a la ATIB.
A través de la aplicación, el usuario identificado puede consultar y, en su caso, modificar sus datos generales de contacto, así como autorizar recibir comunicaciones sobre determinadas gestiones o actuaciones que haga la ATIB que puedan ser de su interés.
También se podan de gestionar y pagar las tasas autonómicas, precios públicos, sanciones y otros ingresos (modelo 046) de los diferentes organismos de la Administración autonómica de las Illes Balears, así como las deudas autonómicas respeto los cuales se haya iniciado un procedimiento de constreñimiento. En esta primera versión no se muestran las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones de tributos autonómicos ni los documentos de ingreso correspondientes a tributos o deudas autonómicas en periodo voluntario de pago.
Con esta aplicación, la ATIB quiere continuar con el objetivo de hacer de la tecnología el mejor aliado para conseguir una mayor proximidad a los ciudadanos y facilitar su acceso a la información y a los servicios de la ATIB. “Estamos ante una aplicación dinámica que está destinada a una evolución y mejora continuas con el fin de que se pueda convertir en un instrumento de referencia para los ciudadanos de Illes Balears”, ha señalado la consellera d’Hisenda i Relacions, Rosario Sánchez.
El acceso con identificación, se puede realizar de diferentes formas. Se puede acceder introduciendo el DNI/NIF y el código de contribuyente. Hay que recordar que desde el 2018, la ATIB ha ido asignado un código de contribuyente que permite a las personas interesadas acceder a la opción disponible del Cartero Virtual en el portal de la ATIB (www.atib.es) para poder gestionar o consultar sus tributos o deudas.
Con este mismo código, también se puede acceder a la aplicación móvil. También se ha previsto que se pueda acceder con Cl@ve. Una vez se haya accedido por primera vez, para una mayor agilidad y facilidad de uso, en función del dispositivo móvil que se utilice, se podrá acceder de forma biométrica, con la huella digital y/o el reconocimiento facial. Se puede encontrar más información sobre la aplicación en la web www.atib.es, además, se puede ver un video explicativo de la APP en el siguiente enlace: https://youtu.be/rxV9Vsud-oI
INICIO DE LA CAMPAÑA DE TRIBUTOS LOCALES EN 46 AYUNTAMIENTOS
El lanzamiento de la APP coincide con el inicio, a partir de este viernes 1 de octubre y hasta el 1 de diciembre, del periodo voluntario de pago de determinados tributos locales correspondientes a 2021 de 46 ayuntamientos de Mallorca recaudados por la ATIB, como el impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre actividades económicas, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasas municipales.
Los ayuntamientos son los siguientes: Alaró, Algaida, Andratx, Ariany, Banyalbufar, Binissalem, Búger, Bunyola, Campanet, Campos, Capdepera, Consell, Costitx, Deià, Escorca, Esporles, Estellencs, Felanitx, Fornalutx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Llubí, Llucmajor, Mancor de la Vall, Maria de la Salut, Montuïri, Muro, Petra, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Sa Pobla, Sant Joan, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eugènia, Santa Margalida, Santa Maria del Camí, Santanyí, Selva, Sencelles, Sineu, Sóller (solo, el impuesto sobre actividades económicas), Son Servera, Valldemossa y Vilafranca de Bonany.
El número total de contribuyentes es de 262.186 personas y el importe de los recibos de pago periódico anual que se ponen al cobro es de 193,4 millones de euros que corresponden a 819.030 recibos (de los cuales un 55% constan domiciliados o adheridos al sistema especial de pago fraccionado o pago a la carta).
La ATIB recuerda a los contribuyentes que, por razones de eficacia, agilidad y seguridad, no se remiten avisos de pago en papel. De este modo, la forma general para consultar, obtener y/o pagar los recibos es a través del Cartero Virtual.
En caso de no utilizar el portal de la ATIB o la aplicación móvil, se ponen a disposición de los contribuyentes 27 oficinas en las cuales también se pueden pagar los tributos con tarjeta bancaria. Se tiene que solicitar cita previa, ya sea por internet en el portal de la ATIB o telefoneando al 971 678 404, y, para evitar desplazamientos, también está disponible el servicio de consultas en el portal de la ATIB.
Además de los ayuntamientos mencionados, ya se ha iniciado el periodo voluntario de pago de determinados tributos que recauda la ATIB de los ayuntamientos de Sant Antoni de Portamany y de Alcúdia (que finaliza el 2 de noviembre), del Ayuntamiento de Ses Salines y del Consell de Formentera (que finalizan el 1 de octubre) y de los de Manacor y Marratxí (que finalizan el 1 de diciembre), y también del impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre actividades económicas y la tasa por vados del Ayuntamiento de Palma, que finaliza el 19 de noviembre.
El periodo de pago voluntario finaliza el 1 de diciembre. Una vez transcurrida el correspondiente plazo voluntario, respecto a los contribuyentes que no hayan hecho el pago, se iniciará el periodo ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si procede, de los intereses de demora y de los costes que se produzcan.