La Vicepresidencia y Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática abrirá, el próximo lunes día 16 de enero del 2023, la convocatoria pública de subvenciones por una cuantía de 3,5 millones de euros para el año 2023, para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.
Estas ayudas incluyen la novedad de que se podrán acoger las actuaciones que se hayan realizado durante el 2022, para favorecer así el acceso de los ciudadanos a las subvenciones. El plazo para presentar las solicitudes llega hasta el día 28 de julio de 2023 o hasta el posible agotamiento de la cuantía económica. Las solicitudes se tienen que presentar de forma telemática a través del trámite a la web https://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=5503464&coduo=2390767&lang=can y se resolverán a medida que entren en el registro del órgano competente.
Detalles de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es aprobar y regular las ayudas para el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica de hasta 5 kWp de potencia de pico para el ejercicio de 2023. Así mismo, son subvencionables las instalaciones microeólicas de hasta 5 kWp para personas físicas y de hasta 100 kW para comunidades de propietarios. También es objeto de esta convocatoria subvencionar los nuevos sistemas de acumulación de ión litio que se incorporen a las nuevas instalaciones fotovoltaicas o microeólicas, siempre y cuando estas instalaciones sean aisladas.
Con la convocatoria se intenta dar un impulso a la incorporación de esta fuente de energía renovable y, por lo tanto, a la reducción del consumo de energía eléctrica procedente de la red o de equipos electrógenos, así como también de las emisiones de CO2.
Estas ayudas podrán estar cofinanciadas un 60 % dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las personas físicas con domicilio en las Illes Balears que no realicen ninguna actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado en el lugar donde da servicio la instalación de autoconsumo. También, aquellas que realicen alguna actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado en el lugar donde da servicio la instalación de autoconsumo. En este último caso, cabe apuntar que se subvencionan las inversiones en nuevas instalaciones (incluyendo las nuevas ampliaciones de instalaciones existentes) de energía solar fotovoltaica para autoconsumo conectadas a red o aisladas, con potencia de pico para instalar de hasta 5 kWp. En el caso de instalar una potencia superior a los 5 kWp, únicamente se subvencionan los primeros 5 kWp. También son subvencionables las inversiones en nuevas instalaciones microeólicas conectadas a red o aisladas con potencia de pico para instalar de hasta 5 kW. En el caso de instalar una potencia superior a los 5 kW, únicamente se subvencionan los primeros 5 kW. Los molinos tienen que integrarse en el paisaje. Finalmente, para las personas físicas, serán beneficiarias las inversiones en nuevos sistemas de acumulación de ión litio en instalaciones aisladas, complementarias de las establecidas en los apartados a) y b) , de capacidad de acumulación de hasta 30 kW h, que tengan una garantía mínima de funcionamiento certificada por el fabricante de cinco años. En el caso de instalar una capacidad superior en los 30 kW h, únicamente se subvencionan los primeros 30 kW h.
Además, podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios que realicen inversiones en nuevas instalaciones (incluyendo las nuevas ampliaciones de instalaciones existentes) de energía solar fotovoltaica para autoconsumo conectada a red, con potencia de pico para instalar de hasta 100 kWp. En el caso de instalar una potencia superior a los 100 kWp, únicamente se subvencionan los primeros 100 kWp. También se incluyen las inversiones en nuevas instalaciones microeólicas con potencia de pico para instalar de hasta 10 kW. En el caso de instalar una potencia superior en los 10 kW, únicamente se subvencionan los primeros 10 kW. Los molinos tienen que integrarse en el paisaje.
En cuanto a los beneficiarios miembros de una comunidad de propietarios con actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, y las personas físicas que lleven a cabo una actividad económica en el lugar donde da servicio la instalación de autoconsumo, la concesión de las ayudas que podrán recibir no puede exceder la cifra de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.