Por Legalteam
El artículo 1 de la Orden del Ministerio de la Presidencia PRE/1282/2007, de 10 de mayo de 2007, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España, establece que «la cantidad a acreditar deberá alcanzar una cantidad que represente en euros el 10 % del salario mínimo interprofesional bruto o su equivalente legal en moneda extranjera multiplicada por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo».
El anuncio realizado por el gobierno fija el salario mínimo interprofesional para 2023 en 36 EUR/día o 1.080 EUR/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
Respecto a las cuantías que tendrá en el año 2023 para los contratos eventuales y temporeros pasará a los 51,15 euros al día. Por su parte, los empleados de hogar cobrarán 8,45 euros por hora trabajada.