Por Legalteam
Sí, si se solicita, en modelo oficial, conjuntamente salvo causa que lo justifique, las solicitudes de reagrupado y reagrupante, y acompañan documentos que acrediten la disposición de empleo y/o recursos económicos suficientes y de cobertura sanitaria.
El plazo de presentación será de 60 días naturales previos a la caducidad (admitiéndose también en los 90 días posteriores a la misma, sin perjuicio de la imposición de la correspondiente sanción de multa).
Si la Administración no resuelve expresamente en un plazo de 3 meses desde la presentación de la solicitud de renovación, se entenderá que la resolución es favorable.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.