Por Legalteam
Si piensas viajar este verano y tienes tu permiso de residencia en proceso de renovación, entonces presta atención a esta Instrucción de la Comisaría General de extranjería y Fronteras.
Con carácter general se seguirán expidiendo autorizaciones de regreso a los extranjeros que tengan:
- en trámite la renovación de su autorización de residencia y
- reúnan los demás requisitos reglamentarios.
Excepcionalmente, desde el 15 de junio hasta el 30 de septiembre se podrá autorizar la entrada a los extranjeros que se presenten en un Puesto Fronterizo Terrestre o Marítimo y acrediten estar en posesión de:
- Pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Autorización de residencia caducada y
- Solicitud de renovación de la misma.
Si viajas por vía aérea deberás obtener dicha autorización de regreso a fin de evitar que las Compañías Aéreas se nieguen a transportar, desde los distintos aeropuertos de origen hasta España, a aquellos extranjeros que no acrediten estar en posesión de autorización de residencia en vigor o de la citada autorización de regreso.