El condicionante exigido por 30 países mostrará un período
de transición y de gracia combinados que se prolongarán durante un año.
España y el conjunto de los países de Europa pertenecientes al espacio Schengen activarán plenamente en 2026 el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS, por sus siglas en inglés).
Así lo anticipó la organización internacional de asistencia al viajero con sede en Estados Unidos Assist 365, con base a las fechas definidas meses atrás por las autoridades de la Unión Europea (UE).
“La Unión Europea aún no comunicó una fecha oficial para el inicio del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes, aunque se prevé que sea para mediados de 2025. Después, habrá períodos de transición y de gracia combinados que se prolongarán durante un año, lo que significa que ETIAS no estará plenamente operativo hasta 2026”.
¿Qué es ETIAS?
ETIAS es un requisito de entrada definido por el Consejo Europeo (excepto Irlanda) y otros países pertenecientes al espacio Schengen que se aplicará plenamente desde 2026 a los viajeros de más de 60 países exentos de visado.
¿Qué países pedirán ETIAS?
Un total de 30 países de Europa pedirán ETIAS para ingresar a su territorio. La lista se encuentra integrada por Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.
¿Los viajeros de qué países deberán tramitar la ETIAS para entrar a Europa?
Los nacionales de cualquiera de los siguientes países exentos de visado deben solicitar una autorización de viaje ETIAS:
Albania
Antigua y Barbuda
Argentina
Australia
Bahamas
Barbados
Bosnia y Herzegovina
Brasil
Brunei
Canadá
Chile
Colombia
Corea del Sur
Costa Rica
Dominica
El Salvador
Emiratos Árabes Unidos
Estados Unidos
Georgia
Granada
Guatemala
Honduras
Hong Kong
Islas Marshall
Islas Salomón
Israel
Japón
Kiribati
Kosovo
Macao
Macedonia del Norte
Malasia
Mauricio
México
Micronesia
Moldova
Montenegro
Nueva Zelanda
Nicaragua
Palau
Panamá
Paraguay
Perú
Reino Unido
San Cristóbal y Nieves
Santa Lucía
San Vincente
Samoa
Serbia
Seychelles
Singapur
Taiwan
Timor Leste
Tonga
Trinidad y Tobago
Tuvalu
Ucrania
Uruguay
Vanuatu
Venezuela
¿Qué requisitos se necesitarán para solicitar ETIAS?
La solicitud del ETIAS deberá realizarse a través del sitio web oficial de la Unión Europea (UE).
Respecto a la información que deberá brindarse, se destacan los siguientes 6 datos:
Nombre y apellido
Número de pasaporte
Fecha y país de emisión
Fecha de caducidad
Información de contacto, incluida la dirección de correo electrónico válida.
Los detalles del viaje y la información sobre tu salud y tus antecedentes penales también serán considerados medidas de seguridad básicas.

Carta de invitación para entrar a España en 2025: los 7 datos que se deben presentar obligatoriamente
Compuesta de un proceso de tres etapas e incluso con las chances de demandar una cita presencial a fin de verificar la información, el documento se mantendrá tiempo después de la entrada en vigencia del sistema ETIAS.
El Ministerio del Interior de España confirmó los 7 datos obligatorios que deberán presentar los viajeros extranjeros a través de una carta de invitación para ingresar al país en 2025.
Compuesta de un proceso de tres etapas e incluso con las chances de demandar una cita presencial a fin de verificar la información, el documento se mantendrá tiempo después de la entrada en vigencia del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) previsto para 2026.
La Carta de Invitación es un documento oficial que un residente en España puede tramitar para invitar a un extranjero a visitarlo y certificar que este se alojará en su vivienda.
¿Qué se necesita para hacer una Carta de Invitación a España?
El particular que pretenda obtener una Carta de Invitación a favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.
Se debe tener en cuenta que el Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».
Asimismo, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1.
De igual manera, los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
¿Cuánto tiempo tarda una Carta de Invitación a España?
Una vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, ésta iniciará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, de cara a resolver en el sentido que proceda en relación con la misma con la mayor brevedad posible.
Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se podrá emplazar al solicitante para mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud.
La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, producirá el efecto de considerar al solicitante desistido en el procedimiento.
¿Cuándo se obtiene la Carta de Invitación para entrar a España?
Una vez resuelta la solicitud, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Invitación.
Aprobada: la notificación de la resolución favorable de la solicitud de Carta de invitación surtirá efectos para que se proceda al abono de la tasa correspondiente, en los términos previstos en las disposiciones vigentes. El abono de la tasa habrá de realizarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de dicho abono deberá aportarse para recoger la Carta de invitación.
Desaprobada: la denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.