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lunes, noviembre 25, 2024
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    Consumo abre 27 expedientes sancionadores a empresas que han introducido cláusulas abusivas en los contratos a los consumidores

    La Dirección General de Consumo ha organizado, junto con el Ministerio de Consumo, el curso «Contratos con consumidores, transparencia y cláusulas suelo», enmarcado en el Plan de Formación Continua Interadministrativa. La formación tiene lugar hoy en la Escuela de Hotelería de las Illes Balears, donde participan 50 profesionales de las administraciones del Estado, autonómica y local, todos con competencias en consumo.                           

    La formación es impartida por la catedrática de Derecho Civil de la Universidad de las Illes Balears, M. Nélida Tur Faúnez; la abogada y vicepresidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN), Cristina Borrallo, y la abogada especializada en Derecho Bancario, Anna M. Torroella Claver.

    El objetivo de la formación, según ha explicado el director general de Consumo, Félix Alonso, es mejorar el conocimiento de la normativa respecto a las condiciones generales de contratación y las cláusulas abusivas. «Queremos ser un referente para los consumidores y facilitar la detección de infracciones administrativas en sectores específicos», ha resaltado.

    Alonso ha explicado durante su intervención que la Dirección General de Consumo ha incoado 27 expedientes sancionadores por un importe de 909.251 euros por usar cláusulas abusivas en los contratos de los consumidores. De todas ellas, Alonso ha destacado las cláusulas abusivas de las aerolíneas y de las entidades bancarias.

    Acto de la Dirección General de Consumo del Govern en la Escuela de Hotelería de las Illes Balears

    En este sentido, 13 aerolíneas han recibido un procedimiento sancionador por la inclusión de dos cláusulas abusivas «no show». La primera cláusula abusiva introducida en las condiciones generales del contrato para los billetes adquiridos se refería a si un pasajero no va a hacer uso de uno de sus billetes y quiere seguir disfrutando del resto está obligado a informar a la compañía, y de no hacerlo esta se reserva el derecho de cobrar una penalización para los vuelos no utilizados. Y la segunda, si alguno de los trayectos comprados por el usuario no se usa, automáticamente pueden cancelarse los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete. Las aerolíneas han sido sancionadas por un importe de 697.350,3 euros.

    Mención aparte tienen las cláusulas de la aerolínea con sede en Irlanda que cobró un importe desproporcionado por la emisión y remisión de las tarjetas de embarque a los pasajeros de su aerolínea que no las aportaron en el momento del embarque.

    Asimismo, por introducir en los «Términos y condiciones de transporte» una cláusula que establece limitaciones en cuanto a los bultos que los pasajeros pueden portar en cabina, bien limitando su número o su volumen, bien supeditándolo al pago de determinada cantidad, la aerolínea ha recibido una sanción de 48.000 euros.

    Consumo también ha abierto un procedimiento sancionador a dos entidades bancarias por la inclusión de cláusulas abusivas. La primera, por incluir en la escritura de préstamo hipotecario una cláusula de gastos declarada como abusiva por falta de equilibrio entre las partes. La segunda, por no facilitar información precontractual sobre el índice IRPH en el contrato de préstamo hipotecario. Las entidades bancarias han sido sancionadas con 37.200 euros.

    La jornada finaliza con un debate sobre el estado de la cuestión de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que participan las ponentes junto a la fundadora y presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN), Patricia Suárez Ramírez; el jefe del Departamento de Protección y Defensa de los Consumidores de la Dirección General de Consumo, Jesús Cuartero, y el profesor de la Escuela Universitaria de Informática Tomás Cerdá, Guillem Bou Bauzà.

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