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La Autorización de Residencia no Lucrativa es un permiso que se concede a todos aquellos ciudadanos extranjeros extracomunitarios que pretendan residir en España. En este caso solamente se concede una autorización de residencia y no una autorización de residencia y trabajo, ya que para la obtención de este permiso es necesario contar con medios económicos o rentas propias, que proporcionen unos ingresos sin necesidad, como decimos, de trabajar en nuestro país.
Como hemos comentado al inicio de este artículo la residencia no lucrativa permite vivir en España, sin desarrollar una actividad laboral en nuestro país.
Los requisitos para la concesión de esta autorización vienen reglados en la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, y que son:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
– Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM.
– Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM.
– Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
– No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
– No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
Como acabamos de explicar uno de los requisitos para la concesión de esta autorización es la disponibilidad de un seguro médico y de tener garantizada la asistencia sanitaria en España.
Si está pensando en solicitar y tramitar este tipo de permiso en España es importante que dedique el tiempo necesario a contratar y concertar un seguro médico completo, para no tener ningún problema con la obtención de esta autorización.
Aquí es importante que sea un seguro médico sin copago y sin periodo de carencia. Digamos que aquí debe contar con un seguro lo más similar posible a la cobertura que se ofrece desde el sistema público de salud español.
Además, este seguro médico debes concertarlo con una entidad que opere en España y con el que puedas acceder a estos servicios sanitarios sin necesidad de hacer ninguna gestión o pago previo.
La cuantía o el coste de este seguro médico dependerá de la edad del asegurado así como del estado de salud, y cuantía de la prima será fijada por cada compañía aseguradora.
Por todo esto es necesario saber que si no aporta un seguro médico completo corres el riesgo de que el consulado deniegue su autorización, debiendo por tanto interponer el correspondiente recurso, lo cual provocará una demora de tu llegada a España.
Cambiar una estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena
Uno de los cambios más utilizados hasta el momento, es la modificación de una estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Este procedimiento de modificación viene recogido en el artículo 199 del Reglamento de extranjería.
Algunas de las características de este cambio son:
- Debe llevar en España al menos tres años con una autorización de estancia por estudios.
- No haber sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o de desarrollo españoles o del país de origen.
- Haber finalizado los estudios.
- Contar con una oferta de empleo.
Esta autorización, será tramitada como una inicial, con una validez de un año, y transcurrido este periodo deberá renovar su autorización.
De esta forma, una vez lleve en España un cierto periodo de estancia legal como estudiante, podrá modificar su tarjeta de estudiante a un permiso de residencia y trabajo.
En caso de que decida emprender y comenzar con su propio negocio, tendrá esta vía para hacer el cambio. En este caso deberá aportar un plan de empresa, acreditar su inversión y acreditar medios económicos. Al igual que sucede con el cambio a una autorización por cuenta ajena, tendrá que llevar en España al menos tres años como titular de una autorización de estancia por estudios, no haber sido subvencionado y haber superado tus estudios.
La autorización de residencia y trabajo por cuenta propia tendrá la validez de un año, la cual tendrá que renovar una vez esté cerca de caducar.
Estas dos vías, eran las utilizadas para cambiar la tarjeta de estudiante a una autorización de residencia y trabajo en España hasta 2018.
Autorización de residencia para búsqueda de empleo
Actualmente esta autorización de residencia para la búsqueda de empleo es una de la vías más utilizadas para cambiar una estancia por estudios a una residencia en nuestro país.
Esta autorización, a diferencia de lo que sucede con las otras dos vías qno exige un tiempo previo como estudiante en España para poder solicitarla.
Las principales características de esta autorización son:
- No se exige un tiempo previo de 3 años como estudiante en España.
- Debes contar con medios económicos.
- Contar con un seguro médico.
- Haber finalizado tus estudios.
Esta autorización está destinada a aquellos estudiantes que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones. Es decir, el solicitante debe haber finalizado en España un grado, máster o un doctorado.
La autorización que se concede, es únicamente un permiso de residencia a través del cual, tendrás la oportunidad de buscar trabajo. Debe tener en cuenta, que la Autorización de Residencia para la búsqueda de empleo no permite trabajar.
Durante ese año podemos encontrarnos en varias situaciones:
- Si has encontrado empleo acorde a tu formación, podrá modificar su permiso para la búsqueda de empleo a un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Si encuentras un empleo como profesional altamente cualificado, podrá tramitar en la Unidad de Grandes Empresas la correspondiente autorización de residencia como profesional altamente cualificado.
En el caso de que decida emprender, podrá modificar su permiso para la búsqueda de empleo a un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia. Creando así su propio negocio.