El Parlament de las Illes Balears ha aprobado este martes la ley proveniente del Decreto Ley 4/2023, de 18 de julio, de modificación del Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado. El texto legislativo consolida la bonificación del 100 % del impuesto de sucesiones y donaciones entre ascendientes, descendentes y cónyuges; del 50 % entre hermanos, y entre tíos y sobrinos cuando no haya descendencia directa, y del 25 % cuando sí que haya descendentes directos. Según datos de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, el 86 % de las herencias beneficiadas por la bonificación no pasa de los 700.000 euros, prácticamente 9 de cada 10.
En la tramitación del Proyecto de ley también se ha actuado en el ámbito de las donaciones para favorecer el acceso a la vivienda. Así, se suprime la tributación de las donaciones de inmuebles que tengan que constituir la vivienda habitual de la persona que recibe la donación, siempre que sea un hijo o descendente del donante. Si el donatario es titular de una familia numerosa, o tiene una discapacidad física igual o superior al 65 %, o una discapacidad psíquica igual o superior al 33 %, no se requerirá que sea la primera vivienda habitual.
Además, se tendrá que consignar en la escritura pública el valor de estos bienes, que no podrá superar en cada caso el valor de referencia incrementado en un 20 %. Cuando no exista este valor de referencia o no se pueda certificar, lo que se tendrá en cuenta será el valor de mercado. «La voluntad de este Govern es evitar al máximo los incrementos artificiales de los valores de los bienes inmuebles, que busquen evitar pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la hora de hacer la declaración», ha explicado el vicepresidente y consejero de Economía, Hacienda e Innovación, Antoni Costa.
También se bonifica el 100 % del impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) cuando un joven menor de 30 años o una persona con discapacidad quiera comprar la primera vivienda habitual, siempre que los inmuebles no superen los 270.151 euros y las rentas sean inferiores a los 52.800 euros en la declaración individual o a los 84.480 euros en la declaración conjunta. Además, se reduce en un 50 % el impuesto por la adquisición de la primera vivienda habitual para jóvenes menores de 35 años, y por la compra de la vivienda habitual para familias con personas con discapacidad a su cargo, ya sean ascendientes o descendientes, familias numerosas y familias monoparentales. En el caso de las familias numerosas, se aumenta el baremo para la adquisición de inmuebles, y se podrá llegar a un máximo de 350.000 euros para aprovechar la bajada del impuesto.
«Los ciudadanos merecen tener el dinero en sus bolsillos para hacer frente a las dificultades económicas y llegar a final de mes. Se tenía que actuar de forma inmediata desde hace tiempo, y el Govern de las Illes Balears lo hizo desde que asumió plenas responsabilidades», ha destacado Costa.
Durante la tramitación se han introducido numerosas mejoras en el texto, sobre todo en forma de deducciones fiscales. «Es un proyecto de ley en el cual todo el mundo ha podido hacer aportaciones, porque esta es la voluntad del Govern: conseguir siempre el máximo consenso posible con todos los grupos parlamentarios», ha subrayado Costa.
Por ejemplo, con la aprobación del texto se prevé incrementar el umbral para bonificar el ITP en un máximo del 40 % de la cuantía en las islas, zonas geográficas o municipios que se desvíen sustancialmente del precio de la vivienda al conjunto de las Illes Balears. Las bonificaciones, eso sí, solo se aplicarán en los primeros 270.151 euros. Pero de esta forma se posibilita que más gente se pueda acoger a las rebajas fiscales, y ayudar a aumentar el acceso a la vivienda.
Deducciones fiscales
Por un lado, además de los casos ya previstos, se incrementan en un 10 % los importes correspondientes a los mínimos del contribuyente, por descendentes y por discapacidad, que forman parte del mínimo personal y familiar, siguientes más grande de 75 años, por el segundo descendente y por ascendientes.
Por otro lado, hay un aumento de la deducción autonómica por el arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Illes Balears. Los contribuyentes menores de 36 años y también los mayores de 65 años que no ejerzan ninguna actividad laboral o profesional se podrán deducir un 15 % y pasar de un máximo de 440 euros a 530 euros anuales. Si se es menor de 30 años, se tiene una discapacidad igual o superior al 33 %, o se es padre o madre de una familia numerosa o monoparental, la deducción podrá ser del 20 % hasta un máximo de 650 euros anuales. Estos mismos colectivos también verán incrementada la deducción por gastos de adquisición de libros de texto y pasar de los 220 euros por hijo a los 350 euros.
También se aumenta la deducción por gastos relativos a descendentes menores de 6 años por motivos de conciliación. Esto se refiere a estancias de niños de 0 a 3 años en escuelas infantiles o en guarderías; a servicios de custodia, servicio de comedor y actividades extraescolares de niños de 3 a 6 años en centros educativos, y a la contratación laboral de una persona para cuidar el menor. La deducción será del 50 %, con un máximo de 900 euros anuales, cuando el contribuyente sea menor de 36 años, sea una familia monoparental o numerosa o tenga una discapacidad igual o superior al 33 %.
Además, las familias numerosas y monoparentales, en las tres deducciones mencionadas —por el arrendamiento de la vivienda habitual, por la compra de libros de texto y por los gastos por conciliación—, podrán incrementar la base imponible máxima de 52.800 euros en tributación de conjunta, o de 33.000 euros en tributación individual, un 20%.
Finalmente, este mismo martes se han pactado tres deducciones fiscales más a propuesta de diferentes grupos parlamentarios. La primera, de 400 euros para afrontar el aumento de los intereses y de las hipotecas variables. La segunda, de 1.800 euros por cada descendente que dependa económicamente del contribuyente y curse los estudios fuera de la isla del archipiélago balear en que se encuentre la residencia habitual del contribuyente, con el límite del 50 % de la cuota íntegra autonómica. Y, en tercer lugar, se crea una nueva deducción por nacimiento y adopción de 800 euros por el primer hijo o hija, 1.000 por el segundo, 1.200 por el tercero y 1.400 por el cuarto o siguientes.
«Bajamos impuestos, incrementamos las deducciones, aumentamos el ahorro y la renta disponible de las familias de las Illes Balears, y al mismo tiempo subimos el techo de gasto 418 millones de euros. Nos decían que no era posible, y este Govern demuestra exactamente el contrario. Hemos incrementado sustancialmente los presupuestos destinados al gasto social, a mejorar la educación, la sanidad y los servicios sociales», ha afirmado el vicepresidente del Govern.