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jueves, diciembre 5, 2024
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    El ‘Acuerdo de mejora de la protección asistencial de desempleo’ simplifica y amplía el acceso a las prestaciones

    La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha firmado con los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, el ‘Acuerdo para la mejora de la protección asistencial de desempleo’.

    Este acuerdo contribuirá a cumplir, de manera definitiva, con los compromisos adquiridos en el Componente 23 del Ministerio de Trabajo y Economía Social, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Las personas trabajadoras que se acojan al nuevo modelo del nivel asistencial del desempleo disfrutarán de un acceso más simple, gozarán de mejor protección y podrán compatibilizar los subsidios y prestaciones por desempleo con el empleo. Con carácter general, la norma entrará en vigor en noviembre de 2024.

    Mejora de la protección

    En el nuevo acuerdo se elimina el mes de espera para acompañar de una manera más eficaz la transición a los subsidios, sin vacíos en la cobertura, en un momento delicado de la vida laboral de las personas trabajadoras.

    También podrán acceder a los subsidios colectivos que carecían previamente de esta cobertura, como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.

    Por otra parte, las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género podrán acceder al subsidio específico de nueva creación, con las mismas cuantías que el ordinario.

    Detalles del acuerdo y compatibilidad con el empleo

    Los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cuantías:

    • 6 primeros meses: 95 % IPREM 6 meses (570 euros según la referencia actual)
    • 6 meses siguientes: 90 % IPREM (540 euros)
    • Resto del período: 80 % IPREM (480 euros)

    Finalmente, el denominado complemento de apoyo al empleo permitirá la compatibilidad tanto del subsidio de desempleo, como de la prestación ordinaria. Se podrá prolongar durante un período de 180 días tras agotar un año de subsidio.

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