Por: Beatriz Tobón Vallejo
Abogada Colegiada No. 6597 ICAIB
Contacto: 628 47 89 14
Como lo comentábamos en la edición pasada, el día 15 de abril de 2020 el Consejo General de la Abogacía y el Ministerio de Política Territorial y Función Pública han firmado un convenio que permite a todos los Abogados Colegiados inscritos en el Registro de Representantes tramitar los expedientes de extranjería de sus representados de forma telemática.
Desde el 13 de mayo de 2020 está operativa la plataforma electrónica que permite hacer la presentación telemática de las solicitudes de autorizaciones de residencia iniciales y renovaciones por los abogados, al igual que lo venían haciendo ya graduados sociales y gestores administrativos.
Con la presentación telemática de los expedientes, no será necesario ni solicitar cita previa ni tampoco acudir de forma presencial a la oficina de extranjería, sino que se presentarán las solicitudes de residencia directamente a través de la plataforma electrónica creada para este fin.
¿Qué expedientes de extranjería se pueden presentar
de forma telemática?
-Solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario
-Solicitud de Residencia temporal por circunstancias excepcionales (Arraigo Social, Arraigo Familiar y Arraigo Laboral)
-Si un empleador quiere presentar una Autorización de Residencia y Trabajo inicial por Cuenta Ajena
-Autorización de Residencia por Reagrupación Familiar
-Modificación de una estancia por estudios a una autorización de Residencia por cuenta Ajena
-Autorización de estancia por estudios.
-Modificación de una estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo o Residencia para búsqueda de empleo o Residencia para prácticas.
-Autorización de residencia para menor nacido en España
-Autorización de residencia no lucrativa para menor no nacido en España
-Renovación de residencia y trabajo temporal por cuenta ajena y cuenta propia
-Renovación de la autorización por reagrupación familiar
-Autorización de residencia de larga duración y larga duración UE
-Prórroga de la estancia por estudios
Ventajas de la presentación telemática de los expedientes de extranjería
-Evita demoras: El extranjero no tiene que dirigirse a ninguna Oficina de Extranjería, por ende, no es necesario la tramitación de ninguna cita previa.
-Ahorro en tiempo. Los expedientes que son tramitados de forma telemática tardan menos tiempo en resolverse que los expedientes tramitados en formato papel, en cualquier oficina. Bien sea, la Oficina de Extranjería o cualquier oficina que haga de Registro Público.
-Grabación de expediente de forma inmediata. Cuando se presenta una renovación de residencia de manera telemática, como es el caso de la plataforma mercurio (Renovaciones de Extranjería), el expediente queda grabado inmediatamente. Se puede descargar el resguardo de presentación y al día siguiente se podrá consultar el estado del mismo.
-Agilización: La Administración Pública, para evitar atascos, colas, aglomeraciones de personas en sus instalaciones, cada vez introduce más expedientes que pueden ser tramitados de manera telemática.
Las notificaciones son de forma electrónica, en el caso de tener algún requerimiento en la tramitación del expediente, se daría respuesta más rápidamente, así mismo la resolución podrá ser descargada desde el mismo momento de concesión del expediente, sin tener que esperar que la resolución llegue al domicilio del solicitante.
Es una gran noticia y un avance significativo esta nueva forma de presentación electrónica de las solicitudes de residencia iniciales, porque desde hace ya bastante tiempo se había formado un colapso en las Oficinas de Extranjería, tanto en la obtención de las citas previas como en la tramitación de los expedientes.
“El proceso electrónico de presentación de solicitudes de residencia no va a ser temporal, ha llegado para quedarse entre nosotros”.
Por tal motivo se recomienda la presentación de los expedientes de extranjería de forma telemática, así como sucede con las solicitudes de Nacionalidad Española por Residencia, ya que ha quedado demostrado ser la vía más eficaz desde que entró en vigor el RD 1004/2015.
La preocupación ahora va a ser una vez terminado el estado de alarma y que abran las Comisarias de Policía, se presentará un colapso sin precedentes para los trámites de toma de huellas y renovaciones de residencia de larga duración. Ya que desde el día 14 de marzo que empezó el estado de alarma las oficinas de la Policía han estado cerradas y se anularon todas las citas previas para estos trámites, con lo cual se han acumulado miles de expedientes resueltos favorables pendientes de obtener cita para la toma de huellas y aquellos inmigrantes que tienen su tarjeta de residencia de larga duración o comunitaria permanente y deben renovarla, ya que que al ser tramites personalísimos, no se han podido llevar a cabo por el estado de emergencia sanitaria.
Esperemos que la administración tome las medidas para solventar esta situación, por que se avecina un dramático caos para este tipo de trámites. Desde ayer 14 de mayo de 2020, se habilitó en la plataforma electrónica el apartado de cita previa para huellas y renovaciones de larga duración y ya empezamos a ver que es imposible coger la tan anhelada “cita previa”.
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