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domingo, noviembre 24, 2024
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    Medidas en materia de extranjería frente al estado de alarma por la crisis sanitaria del COVID-19

    Por: Beatriz Tobón Vallejo

    Abogada Colegiada No. 6597 ICAIB

    Contacto: 628 47 89 14

    La Secretaría de Estado de Migraciones el día 19 de marzo de 2020 ha emitido un comunicado a las Oficinas de Extranjería de España de cómo proceder ante la suspensión de plazos administrativos.

    “El objetivo de esta comunicación es lograr el equilibrio entre la concentración de los recursos públicos en los servicios esenciales necesarios en el actual contexto de emergencia sanitaria y la preservación de los derechos e intereses de los interesados en los procedimientos”.

    Para evitar perjuicios en los derechos de todos los solicitantes afectados en los procedimientos en materia de extranjería, y aplicando lo dispuesto en la legislación de extranjería en materia de plazos administrativos, se establecen las siguientes medidas:

    1º Se finalizarán las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor del Real Decreto 463/202, de 14 de marzo donde se declara el Estado de Alarma, cuya propuesta de resolución sea favorable.

    2º Se emitirán los certificados de silencio positivo en las solicitudes presentadas al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto del Estado de Alarma Nacional.

    3º Se suspenderán los procedimientos de solicitudes (iniciales o renovaciones) presentadas antes de la entrada en vigor del Real Decreto de Estado de Alarma, cuya propuesta de resolución sea denegatoria o de archivo.

    4º La administración aceptará aquellos documentos exigibles en el procedimiento y cuya vigencia haya expirado durante la actual situación de excepcionalidad.

    Como ejemplo podemos señalar el caso de los certificados de antecedentes penales que se requieren para la tramitación de las autorizaciones de residencia por arraigo, si se llegasen a caducar durante el tiempo del Estado de Alarma, al momento de presentar la solicitud, se tendrán por válidos.

    5º Se suspenderán los plazos de expiración de las estancias de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible por la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus.

    Como bien sabemos, en la legislación de extranjería el período máximo de estancia por turismo son 90 días, por tanto, se suspenderá este plazo para todos los ciudadanos extranjeros que estén en España y no sea posible el regreso a sus países de origen debido al cierre de las fronteras por la emergencia sanitaria.

    6º Se admitirán y tramitarán, sin sujeción a plazos administrativos, las autorizaciones (iniciales y renovaciones) presentadas con posterioridad al Real Decreto del 14 de marzo de declaratoria del Estado de Alarma. Y se generaliza la posibilidad de presentar solicitudes por medios electrónicos, sin perjuicio del cumplimiento de determinados requisitos exigidos por el ordenamiento de extranjería.

    Estaremos entonces atentos a las directrices que determine la Oficina de Extranjería de les Illes Balears referente a esta posibilidad de presentar las solicitudes iniciales de residencia tanto del régimen general como comunitario de forma telemática. Esta sería una excelente medida, ya que, así como actualmente es viable presentar las solicitudes de renovaciones de residencia, modificaciones de residencia y solicitudes de nacionalidad española de forma electrónica, se pudiese hacer con las solicitudes de residencia inicial y así evitar graves perjuicios a los inmigrantes que están a la espera de obtener su permiso de residencia, situación que ya viene ocurriendo, ya que un sinnúmero de extranjeros se han visto seriamente afectados por el mal funcionamiento de la Oficina de Extranjería de Palma, que ante “la falta de personal” se ha formado un verdadero colapso y como siempre el mayor perjudicado “el inmigrante”.

    Esperemos que más temprano que tarde se tomen las medidas necesarias y se habilite la vía telemática para la presentación de las solicitudes de residencia iniciales, por que de lo contrario si antes veníamos mal, ahora con la emergencia sanitaria esto se convertirá en un autentico caos.

    Finalizo dándole el agradecimiento al personal sanitario de toda España, miembros de la Policía, empleados de supermercados y todos los que están trabajando y dejando la piel en estos momentos de emergencia social y sanitaria.

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