Una empleada del hogar dependiendo de las horas de trabajo, así como de las bases de cotización. Hoy vamos a hacer un análisis más profundo de todo ello.
Todos los trabajadores que desarrollen su actividad como empleada/o de hogar tienen los siguientes derechos:
– Descanso entre jornadas: Tiene que haber 12 horas como mínimo; en el caso de internas se reduce a 10. También disponen de 2 horas entre comidas que no computan como tiempo de trabajo.
-Descanso semanal: La trabajadora tiene derecho a un descaso semanal de 36 horas continuadas. A ser posible deberá disfrutarse en la tarde del sábado o la mañana del lunes del día completo de domingo. El empleador está obligado a respetar estos descansos.
-Vacaciones: 30 días independientes de las vacaciones de la familia del hogar, 15 días serán a elección de la trabajadora.
–Pagas extra: la trabajadora de hogar tendrá derecho a dos pagas extra al año. Puede pactarse el cobro de estas pagas durante todo el año. Es lo que se conoce como prorratear las pagas extras.
– Baja por maternidad y lactancia: tiene los mismos derechos y en las mismas condiciones que el resto de trabajadores. Es decir le corresponderá 16 semanas y se cobrará un subsidio del 100% de la base reguladora.
– Días festivos: Se tiene derecho a los mismo días festivos que el resto de trabajadores, 14 al año de los que dos son fiestas locales. Y es importante saber que la trabajadora no está obligada a trabajar los festivos por tanto no tiene que recuperar esas horas o descontárselas de su salario.
También debe saber…
Si es empleada de hogar tienee derecho a un recibo individual y justificativo del pago del salario y se debe garantizar que el Salario que recibes no sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional en proporción de tu jornada de trabajo.
La jornada máxima de trabajo es de 40 horas semanales con un horario acordado entre las partes. Respetando siempre el periodo de descanso que hemos indicado antes entre una jornada y otra.