A partir de mañana jueves, día 1 de octubre, se inicia el periodo voluntario de pago de determinados tributos de cobro periódico anual correspondientes a 2020 de 45 ayuntamientos de Mallorca, cuya recaudación corresponde a la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB), como el impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre actividades económicas, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasas municipales.
Estos ayuntamientos son: Alaró, Algaida, Andratx, Ariany, Banyalbufar, Binissalem, Búger, Bunyola, Campanet, Campos, Capdepera, Consell, Costitx, Deià, Escorca, Esporles, Estellencs, Felanitx, Fornalutx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Llubí, Llucmajor, Mancor de la Vall, Maria de la Salut, Montuïri, Muro, Petra, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Sa Pobla, Sant Joan, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eugènia, Santa Margalida, Santa Maria del Camí, Santanyí, Selva, Sencelles, Sineu, Son Servera, Valldemossa y Vilafranca de Bonany.
Este periodo voluntario de pago finaliza el 1 de diciembre. El número total de contribuyentes es de 263.095 personas y el importe de los recibos de pago periódico anual que se ponen al cobro es de 184,6 millones de euros que corresponden a 830.216 recibos, de los cuales un 51% constan domiciliados o adheridos al sistema especial de pago fraccionado o “pago a la carta”.
La ATIB recuerda a los contribuyentes que, por razones de eficacia, agilidad y seguridad, no se remiten avisos de pago en papel. De este modo, la forma general para consultar, obtener y/o pagar los recibos es a través del Cartero Virtual en el portal de la ATIB (www.atib.es), introduciendo el DNI/NIF/NIE y el código de contribuyente que se ha ido enviando a los contribuyentes (o la contraseña elegida por el contribuyente en el momento de acceder por primera vez al Cartero Virtual).
Asimismo, también se puede acceder a los recibos con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, ya sea a través del propio Cartero Virtual o de la Carpeta fiscal.
En caso de no utilizar el portal de la ATIB, se ponen a disposición de los contribuyentes 26 oficinas de recaudación de la ATIB (se pueden consultar los horarios y la situación de las oficinas en el portal www.atib.es ) en las cuales también se pueden pagar los tributos -sin necesidad de ir a una oficina bancaria- con tarjeta bancaria, con independencia de la entidad emisora de la misma.
Se tiene que solicitar cita previa, ya sea por internet en el portal de la ATIB o telefoneando al 971 678 404. Asimismo, para evitar desplazamientos, en el portal www.atib.es se pone a disposición de las personas interesadas el servicio de Consultas y sugerencias para poder trasladar cualquier duda o cuestión en relación al pago de los tributos.
Los recibos que tengan el pago domiciliado en una entidad bancaria, se informa que serán remitidos a las respectivas entidades para que sean cargados en las cuentas de los contribuyentes a partir del 12 de noviembre.
Se recuerda que ya se ha iniciado el periodo voluntario de pago de determinados tributos que recauda la ATIB de los ayuntamientos de Sant Antoni de Portmany (que finaliza el 2 de noviembre), del ayuntamiento de Ses Salines (que finaliza el 1 de octubre), del Consell insular de Formentera y de los ayuntamientos de Alcúdia, Manacor y Marratxí (que finalizan el 1 de diciembre), y también del impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre actividades económicas y la tasa por vados del ayuntamiento de Palma, que finaliza el 16 de noviembre.
Una vez transcurrido el plazo voluntario de pago correspondiente, respecto a los contribuyentes que no hayan hecho el pago, se iniciará el periodo ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si procede, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.